La Constitución de le República Bolivariana de Venezuela[1] consagra en el artículo 86 el Derecho a la seguridad para todos los venezolanos, sin embargo, desde su entrada en vigencia en el año 1999 éste derecho se ha sido cuestionable, ya que la normativa en materia de Seguridad Social dejaba al margen a un sector de la población trabajadora del país.
Atendiendo a esta “mora social” el 30 de abril del año en curso se publica en Gaceta Oficial de la República[2] la reforma Parcial de la Ley del Seguro Social[3], así como la reforma parcial del Reglamento General de la Ley del Seguro Social[4], de las modificaciones realizadas en estas reformas resaltan las siguientes:
- Asistencia médica del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales a todas las personas sin discriminación alguna[5].
- Se suprime la posibilidad de perder el derecho a continuar facultativamente en el Seguro Social por consecuencia del atraso en el pago de las cotizaciones.[6]
- El acceso a la Seguridad Social para los trabajadores independientes o por cuenta propia[7].
- Posibilidad de asegurar a los afiliados de las asociaciones cooperativas, entidades gremiales y otras asociaciones de trabajadores independientes[8].
Resulta oportuno hacer especial énfasis en la posibilidad de inscripción de los trabajadores independientes en el Seguro Social, bien sea que se lo hagan individualmente o de manera colectiva por medio de las asociaciones a las cuales pertenecen, en el primero de los casos el nombrado reglamento establece que a los solos efectos del cálculo de la cotización se tendrá como ingreso el declarado por el trabajador al momento de la inscripción, debiendo cotizar mensualmente el 13% del ingreso declarado[9], por ejemplo, si un trabajador independiente declara que su ingreso mensual es de 1780,44Bs. (Sueldo mínimo actual[10]), deberá cotizar mensualmente la cantidad de 231,45Bs.
Por otra parte cuando se trata de la inscripción de los trabajadores no dependientes que estén asociados en gremios o cooperativas, deberán aportar igualmente el 13% del ingreso declarado, sin embargo, se distribuirá de la siguiente forma: el 9% lo aportara la organización al que el trabajador este afiliado, y el restante 4% será aportado por el trabajador independiente, por ejemplo, si un trabajador independiente asociado a una organización de trabajadores, declara que su ingreso mensual es de 1780,44Bs. (Sueldo mínimo actual), deberá cotizar la cantidad de 71,21Bs., mientras que la asociación aportará 160,23Bs., para completar en aporte mensual de 231,45Bs.
Con respecto a la inscripción de las amas de casa en el Seguro Social Venezolano, se debe hacer referencia al artículo 88 de La Constitución de le República Bolivariana de Venezuela, donde el Estado reconoce el trabajo del hogar como una actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social, otorgándoles también el derecho a la seguridad social, de esta forma y conforme a lo establecido en el artículo 7 Reglamento General de la Ley del Seguro Social, las amas de casa de manera voluntaria podrán inscribirse sin ninguna limitación al Seguro social y gozar de todos sus beneficios.
Las cotizaciones que deben realizar las amas de casa serán el 13% del ingreso único que sea establecido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, con aprobación del Ejecutivo Nacional[11], en este sentido, según la Información suministrada por la Oficina del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales de Puerto Ordaz, con esta finalidad se ha establecido como ingreso único el monto del salario mínimo actual que es 1780,44Bs., por lo que mientras no sea modificado por la autoridad competente las amas de casa, deberán cotizar mensualmente la cantidad de 231,45Bs.
Sin duda alguna, y pese a las implicaciones económicas que los expertos en la materia analizarán, estas modificaciones contienen un avance social importante, pues se arropa con los beneficios de la Seguridad Social a un número importante de trabajadores, y por otra parte se establece la imposibilidad de perder el derecho a continuar facultativamente en el Seguro Social aun estando atrasado en el pago de las cotizaciones; haciendo referencia a la última disposición nos encontramos ante una norma permisiva, que no ha sido debidamente reglamentada, pues ésta no contempla ninguna condición a la que debe estar sujeto el atraso en el pago de las cotizaciones, lo que podría generar una situación de insolvencia incontrolable en el Sistema de Seguridad Social.
Si usted es un trabajador no dependiente, (taxistas, transportista, motorizado, comerciante, artesanos, barbero, peluquero, pescador, agricultor), profesional por cuenta propia o ama de casa, busque la asesoría adecuada para formalizar la inscripción en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, y así gozar de todos los beneficios que se derivan del mismo, incluyendo la pensión de vejez.
Abog. Rosangelis Rojas
Teléfono: 0426-2970058
[1] Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela con la enmienda N° 1, Gaceta Oficial N°5.908, publicada el 19 de febrero de 2009, http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/2009/5908.pdf.
[2] Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°39.912, publicada el 30 de abril de 2012 http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/2012/39912.pdf
[3] Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Seguro Social N°8.921
[4] Reforma parcial del Reglamento General de la Ley del Seguro Social, Decreto N° 8.922
[5] Articulo 7 Ley del Seguro Social
[6] Articulo 6 Ley del Seguro Social.
[7] Artículo 7 Reglamento General de la Ley del Seguro Social.
[8] Artículo 8 Reglamento General de la Ley del Seguro Social.
[9] Artículo 7 Reglamento General de la Ley del Seguro Social.
[10] Decreto Presidencial 8.920, publicado en Gaceta Oficial N° 39.908, en fecha 24 de abril de 2012 http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/2012/39908.pdf.
[11] Artículo 7 Reglamento General de la Ley del Seguro Social.
Buenos dias, cual es el procedimiento que se debe hacer para actualizar las cotizaciones en el caso de un extranjero que cotizo con su cedula extranjera y cuando se nacionalizo tambien cotizo, sera que ambas se pueden sumar?????
ResponderEliminarBuenas tardes, no manejo esa información, le recomiendo que se comunique con atención al público en el IVSS, una vez que tenga lo requerido, lo invito a compartirlo en este medio. Feliz noche
EliminarBuenas dìsculpe la molestia, còmo puedo hacer yo para inscribirme en el seguro social de forma independiente? ya que no cuento con un empleo fijo, trabajo por mi cuenta, cuànto tendria que cancelar, que requisitos piden para dicha inscripciòn? y hay alguna pagina por medio de la cual uno pueda inscribirse, o hay que ir a algun lugar? gracias. Felìz dìa! karlispoch_28@hotmail.com
ResponderEliminardebe usted acudir con una copia de su cédula legible a la oficina regional del seguro social y manifestar su deseo de cotizar como trabajador independiente, le sugiero que declare que sus ingresos son iguales al salario mínimo, tendrá que llenar una planilla y aprox dentro del mes siguiente podrá comenzar a cotizar.
EliminarBuen dia ya estoy inscrita en el seguro social, pero tengo 10 años sin trabajar y estoy como ama de casa, que tramites tengo que hacer para seguir cotizando por mi cuenta? Puedo optar por continuidad facultativa? Gracias
ResponderEliminarBuenas noches, debe usted acudir con una copia de su cédula legible a la oficina regional del seguro social y manifestar su deseo de cotizar como ama de casa, tendrá que llenar una planilla y aprox dentro del mes siguiente podrá comenzar a cotizar.
Eliminartengo 32de edad trabajo en mi casa quiero cotizar pregunto tengo q hacer algun papeleo con contador o asi de facil llevo mi cedula fotocopia y algo mas...
ResponderEliminarbuenos días soy ama de casa y deseo inscribirme para cotizar y obtener mi pension de vejez que debo hacer
ResponderEliminarMe inscribi el seguro social, por cueta idependiente, ya que trabajo en casa de familia y nunca he cotizado , quisiera saber si me inscribi con sueldo minimo, estoy cancelando 500 bolivares o màs mensual, apart. de inereses si no pago a la fecha , , que alguien me exlique por fa.
ResponderEliminarPorque no crean una pagina para que las personas se afilien por via internet para cotizar por cuenta propia al seguro social y evitan esas colas gracia
ResponderEliminarBuenos días, despues de uno estar inscrito en el seguro social de manera independiente como hace para cancelar los meses siguientes, donde baja la información? o planilla? gracias.
ResponderEliminarBuenas como hago para inscribirme enivss cuenta propia y tengo un niño especial. ual seria la ayuda q eso m otorgaria. gracias
ResponderEliminarbuenos dias yo estoy inscrita en en seguro social y soy trabajadora independiente mi salario es de 4251 bs fuerte q es mi salario minimo . la primera vez pague 3 meses q fueron 1961 bs y ahora pague 701 bs necesito saber si eso es lo que debo pagar
ResponderEliminarSi su salario es de 4251 debería de pagar 553bs ya que es el 13% del salario declarado
Eliminarbuenas noche hace un mes me inscribi en ivss para pagar el seguro social voluntario, mi pregunta donde debo cancelar y cuanto con un ingreso de 4889,
Eliminarhola, el monto varia de acuerdo a la cantidad de lunes que tenga el mes, ya que el calculo en realidad se hace es semanal, ay meses que tienen 4 y otros 5 lunes. si tu sueldo es de 42510 x el 13%-552.63 entre 4 son 138.16 semanal, entonces cuando el mes tiene 5 lunes se suma una sem mas y pagas 690.79, este monto debería ser de un mes de 5 y posiblemente algún recargo si no pagaste al dia el anterior.
Eliminarespero tu pronta respuesta porf
ResponderEliminarBuenas tardes estoy inscrita en el seguro social como trabajador independiente y ahora conseguí trabajo en una empresa, que hago para egresarme y que la empresa me de ingreso?
ResponderEliminarHola buena tarde, soy trabajador independiente q requisito tengo q llevar para cotisar mi seguro por cuenta propia ...gracias
ResponderEliminarHOLA BUENAS TARDES SOY CONTADOR PUBLICO Y TENGO UN CLIENTE QUE TRABAJA COMO PROVEEDOR DE SERVICIOS (SERVICIOS DE FLETES) UNA DE LAS EMPRESAS A LA QUE LE PRESTA SERVICIOS LE ENVIO UNA CARTA SOLICITANDOLE UNA SERIE DE REQUISITOS PARA ELABORAR SU REGISTRO DE PROVEEDORES, ENTRE DICHOS REQUISITOS LE PIDEN NRO DE AFIIACION GREMIAL ; EL ES TRABAJADOR INDEPENDIENTE NO TIENE UNA PROFESION ; SIMPLEMENTE PRESTA SERVICIOS DE FLETES . MI PREGUNTA ES A CUAL GREMIO SE AFILIARIA? AGRADEZCO AYUDA POR FA
ResponderEliminarhola buenas noches quisiera saber cual seria el requisito para una persona discapacitada ya que quisiera cotizar y no tengo un trabajo gracias
ResponderEliminarBuenas tardes tengo 57'años y nunca he cotizado, si me inscribo en cuanto tiempo cancelaría el total para obrar por pension de vejez.?
ResponderEliminarBUENOS DIAS, DRA. ROSANGELIS.
ResponderEliminarYO SOY AMA DE CASA TENGO UN HIJO DE 6 AÑOS, VIVO EN EL ESTADO ARAGUA, NO TENGO TRABAJO, SOY MADRE SOLTERA. MI MAMA ME COLABORA Y YO MATO MIS TIGRITOS POR AHI, PARA SOBREVIVIR, QUISIERA OPTAR POR MI PENSION PARA LA VEJEZ, TENGO 42 AÑOS.
LILIAN BRICEÑO
LE AGRADEZCO SU ATENCION.
Buenas tardes. Necesito saber si puedo cambiar mi apellido de casada por el de soltera sin alterar mi estado civil de casada. Gracias
ResponderEliminarBuenas tardes. Necesito saber si puedo cambiar mi apellido de casada por el de soltera sin alterar mi estado civil de casada. Gracias
ResponderEliminarHOLA, SOY UNA PERSONA DE 54 AÑOS CON DISCAPACIDAD PERMANENT Y TENGO EN EL SIVSS 116 SEMANAS COTIZADAS Y CUANDOFUY A INSCRIBIRME COMO TRABAJADRINDEPENDIENTE ME DIJERON QUE TENIA QUE COTIZAR MENSUALMENTE CASI 2.000 BS. HASTA COMPLETAR 250 COTIZACIONES EN LOS TRSULTIOS AÑOS ACUULADOS POR INCAPACIDAD. Y LO PEOR ES QUE ME INSCRIBI EL MARTES DE LA SEMANA PASADA Y ME DIJERONVQUE FUERA A RETIRAR LA PLANILLA A LA CAJA REGIONAL EN PTO. ORDAZ ESTE MARTES Y NO ME LA DIERON PORQUE TODAVIA NO, APAREZCO EN MI CUENTA INDIVIDUAL COMO TRABAJADOR ACTIVO, PARA PODER ACUDIR AL BANCO A DEPOSITAR. LO QUE TAMPOCO ENTIENDO, ES, PORQUE EXISTE TANTA NEGLIGENCIA PARA INCLUIR A LOS ISCRITOS EN EL SISTEMA. POR FAVOR, DIGAME SI LO QUE TENGO QUEDEPOSITAR MENSUAL Y SI LAS COTIZACIONES QUE TENGO QUE DEPOSITAR TAMBIEN ES LEGAR?
ResponderEliminarbuenas tardes, hasta el mes de agosto tengo 748 semanas pagadas al sso, restando tan solo 2 semanas para cumplir con las 750 exigidas por el sso para poder optar de la pensión. Debo esperar este tiempo o puedo ir gestionando?.. donde acudir? ah... yo vivía en el Edo Bolívar y ahora resido en Barinas. Debo hacerlo por pto ordaz o puedo hacerlo por Barinas?.. muchisimas gracias por su respuesta
ResponderEliminarBuenas tardes, por enfermedad tengo 6 años que no trabajo, por tal motivo no he aportado mas al ivss, cómo hago para solicitar la incapacidad si tengo 640 cotizaciones?
ResponderEliminarBuenos dias, quisieramos saber si usted cerro la pagina, porque le escribimos y no contesta las preguntas. Saludos
ResponderEliminarBuenos días ! Yo creo que nosotras las ama de casa no podemos disfruta de ese beneficio ! En ivss me dicen que eso es mentira que hay que esperar que llegue la jornada de amor mayor
ResponderEliminarBuenos días ! Yo creo que nosotras las ama de casa no podemos disfruta de ese beneficio ! En ivss me dicen que eso es mentira que hay que esperar que llegue la jornada de amor mayor
ResponderEliminarMe llamo Ben. Quiero decirle al mundo cómo Benson me ayuda a recuperar a mi esposa. Gracias al Dr. Benson, si tiene algún problema, también puede enviar un correo electrónico al Dr. Benson a continuación:
Eliminar(1) Si quieres recuperar a tu ex
(2) si siempre tienes malos sueños.
(3) Desea ser promovido en su oficina.
(4) Quieres que mujeres / hombres corran detrás de ti.
(5) Si quieres un niño.
(6) [Quieres ser rico.
(7) Quieres atar a tu esposo / esposa para que sea tuyo para siempre.
(Si necesita asistencia financiera)
(9) Si quiere detener su Divorcio.
10) Ayuda a sacar a la gente de la prisión.
(11) Hechizos de matrimonio
(12) Hechizos milagrosos
(13) Hechizos de belleza
(14) PROFETA ENCANTO
(15) Hechizos de atracción
(16) Hechizos de mal de ojo.
(17) Beso de hechizo
(18) Eliminar hechizos de enfermedad.
(19) HECHIZOS GANADORES DE LA ELECCIÓN.
(20) ÉXITO EN LOS HECHIZOS DE EXÁMENES.
(21) Encanto para saber a quién amarte.
Contáctelo hoy mismo en drbensonmarry@hotmail.com/ o whatsapp él +2348161849663
Buenos días ! Yo creo que nosotras las ama de casa no podemos disfruta de ese beneficio ! En ivss me dicen que eso es mentira que hay que esperar que llegue la jornada de amor mayor
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Hola buenos días por fa una pregunta a esta fecha todavía habrá oportunidad de suscribirse en el IVSS para cotizar como trabajadora independiente ya que tengo 49 años de edad y me gustaría cotizar para una pensión. Gracias espero pronta respuesta
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