En lo sucesivo, mediante resoluciones y providencias se han mantenido congelados los cánones de arrendamiento hasta la fecha, siendo la última providencia emanada por del Ministerio del Poder Popular Para Vivienda y Hábitat[7] con una vigencia de seis (6) meses, prorrogables por un periodo igual, según lo estime el ejecutivo nacional[8].
Mientras son congelados los montos de los cánones de arrendamiento destinados a vivienda, en mayo de 2011 se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas[9], el cual tiene por objeto principal la protección de los arrendatarios y demás ocupantes de los bienes inmuebles destinados viviendas principales (ocupantes de manera legítima)[10], mediante ésta ley se establece la obligatoriedad del agotamiento de una fase administrativa que se interpone ante el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Vivienda y Hábitat, antes de proceder a la vía judicial a fin de procurar un desalojo[11], pero además contempla una serie de normas que van dirigidas a la actuación del juez en fase judicial y de ejecución de una demanda de desalojo (una vez agotada la vía administrativa), que tienen como finalidad “salvaguardar” el derecho a la vivienda y debida asistencia del arrendatario o del ocupante[12].
La Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas además de modificar sustancialmente el procedimiento para el desalojo en Venezuela, establece la prohibición de dictar medidas cautelares de secuestro sobre viviendas que constituyan el hogar de una familia, en las demandas por incumplimiento o resolución de contrato y en aquéllas por cobro de bolívares o ejecución de hipoteca[13], por último se puede destacar la preeminencia que el propio Decreto Ley se atribuye con respecto a la legislación en materia de arrendamientos inmobiliarios y la legislación procesal vigente[14], quedando desplazadas de esta forma las normas relativas al desalojo contempladas en la Ley De Arrendamientos Inmobiliarios[15].
Más recientemente en noviembre de 2011 se publicó la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda[16] y su respectivo Reglamento[17], derogando la primera las disposiciones de Ley De Arrendamientos Inmobiliarios, sólo en lo relativo a las relaciones arrendaticias vinculadas con inmuebles destinados a viviendas, convirtiéndose en el principal texto normativo de consulta en materia de arrendamientos en Venezuela, se destaca de ésta ley:
- La creación de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, quien entre otras funciones será la encargada de establecer el canon de arrendamiento de los inmuebles regulados y establecer las sanciones pertinentes en caso de incumplimiento de la ley[18].
- La verificación previa del contrato de arrendamiento por parte de un órgano administrativo[19].
- Obligatoriedad de inscripción para los arrendadores en el Registro Nacional de Arrendamiento y Vivienda[20].
- Exoneración del pago de gravámenes ante notarias y registros, del contrato de arrendamiento[21].
- Duración mínima de un (1) año para los contratos de arrendamientos[22].
- Obligatoriedad de anexar al contrato la resolución mediante el cual se fija el canon de arrendamiento, so pena de nulidad del mismo[23].
- Establecimiento de formula para la fijación del canon de arrendamiento[24].
- Prescripción de diez (10) años para el reclamo de reintegro de cánones cobrados indebidamente[25].
Evidentemente nos encontramos ante un cambio normativo importante, que marca una tendencia legislativa destinada a la “súper protección” de las situaciones jurídicas vinculadas con los inmuebles destinados a vivienda. Por ahora los venezolanos nos encontramos ante la expectativa del efectivo funcionamiento de las instancias administrativas creadas, y de la respuesta positiva del sector inmobiliario.
Abog. Rosangelis Rojas
E-mail: r.rosangelis@gmail.com
Teléfono: 0426-2970058
Aquí les dejo un modelo de contrato de arrendamiento ajustado a la Ley para Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, sugerido por el Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat.
[1] Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela N° 37.626, publicada el 6 de febrero de
2003, http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/2003/37626.pdf.
[4] Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 37.667, publicada el 8 de abril de 2003, http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/2003/37667.pdf.
[5] Artículo 1 de la Resolución
036 del Ministerio de la Producción y el Comercio y de Infraestructura.
[6] Artículo 7 de la Resolución
036 del Ministerio de la Producción y el Comercio y de Infraestructura.
[7] Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela N° 39.903, publicada el 16 de abril de
2012, http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/2012/39903.pdf.
[9] Decreto Presidencial N° 8.190
publicado en Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela N° 39.668, publicada el 6 de mayo de 2011, http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/2011/39668.pdf.
[11] Artículo 5 de la Ley
Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.
[12] Artículos 11,12,13,14 y 15 de la Ley Contra
el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.
[14] Artículo 19 de la Ley
Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas.
[15]Decreto Nº
427 Publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 5.398 Extraordinario de fecha 26 octubre de 1999, http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/1999/5398.pdf
[16] Gaceta oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 6.053 Extraordinario, de fecha 12 de
noviembre de 2011, http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/2011/6053.pdf.
[17] Gaceta oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 39.779 Extraordinario, de fecha 14 de
noviembre de 2011, http://www.pgr.gob.ve/dmdocuments/2011/39779.pdf,
Hola, tengo una duda sobre la nueva ley de arrendamientos, no veo la figura de prorroga legal ella quedo abolida? de se asi como recupera la vivienda una persona que su inquilino se le vencio dic ha prorroga gracias!
ResponderEliminarBuenos, efectivamente la nueva ley de hace mención a la figura de la prórroga legal, y en la disposición derogatoria única se derogan las normas de la ley de arrendamiento del año 1999 relacionadas con el arrendamiento de inmuebles destinos a vivienda:
ResponderEliminarDISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única
Se derogan todas las disposiciones contenidas en el Decreto con Rango,Valor y Fuerza de Ley Nº 427 de Arrendamiento Inmobiliario publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36.845 de fecha 7 de diciembre 1999, destinadas, relacionadas o vinculadas con el arrendamiento inmobiliario de vivienda, sin embargo, considero que esa norma puede ser aplicada de manera supletoria ante tal falta de la nueva ley.
Sin embargo, considero que la normativa relativa a la prórroga establecida en la ley de 1999 debe ser aplicada de forma supletoria.
Con respecto al procedimiento para recuperar la vivienda, de no ser amistosa, se debe recurrir al procedimiento previo administrativo, y de ser necesario ir al procedimiento judicial, establecidos en la Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas y la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, que aparentemente es un proceso bastante extenso, recomiendo que se realice una carta de compromiso de desalojo amigable.
Si se deroga un instrumento normativo, no se puede aplicar de forma supletoria, las normativas que se aplican de forma supletoria son aquellas que para el momento esten vigentes.-
Eliminarde realizarce un compromiso de acuerdo conciliatorio amigable un tribunal esta en la potestad de entregarte tu casa a la fecha acordada en ese acuerdo ''??
Eliminares muy cierto su comentario señor Anónimo:"Si se deroga un instrumento normativo, no se puede aplicar de forma supletoria, las normativas que se aplican de forma supletoria son aquellas que para el momento esten vigentes.-"
EliminarDoctora, una pregunta: si arrende un local comercial y esta persona no me lo ha entregado, siempre tiene una excusa ¿como hago para disolver el contrato? le di un deposito y va para mas de seis meses que no me entrega el local, incluso le he cancelado dinero por varios gastos. Si disuelvo el contrato la persona con quien hice contrato debe devolverme el dinero? o es legal que se quede con tres meses de deposito de un local que nunca use?
ResponderEliminarBuenas noches, no debería el arrendador quedarse con el dinero del deposito si el contrato nunca se ejecuto, para reclamar el dinero (en caso de negativa del arrendador)se aplica un procedimiento previsto en la ley de arrendamiento inmobiliarios, ya que el contenido de la ley comentada en este artículo se aplica sólo cuando el destino del inmueble es para vivienda.
EliminarBuenas tardes Doctora, tengo alquilado un local comercial en Valencia y el inquilino me dice que no lo piensa desocupar y que me va a empezar a depositar por tribunales. Eso es posible en la actualidad? El contrato fue por seis meses y ya le envie una comunicacion notificandole que no estoy interesado en renovar el contrato y me la firmo. Saludos y gracias por su respuesta!
ResponderEliminarBuenas tardes, si es posible ya que para los contratos de arrendamiento comercial sigue vigencia la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios de 1999
Eliminarbuen dia Dra. si tengo 8 años viviendo en un anexo osea es una vivienda dividida en en tres y las mismas estan alquilada y el dueño nos dice q no nos acepta ya el pago porq nos va a desalojar q puedo hacer yo
EliminarSALUDOS DOCTORA; BUENAS NOCHES ALQUILE UN PEQUEÑO LOCAL DENTRO DE UN GIMNASIO, LA PERSONA AL CUAL SE LO ALQUILE, TIENE EL GIMNASIO ALQUILADO...AHORA BIEN..ESTOY ACONDICIONANDO EL LOCAL AUN NO EMPIEZO A PRODUCIR Y YA EL SEÑOR ME ESTA COBRANDO..ES LEGAL ESTO??? NO TENGO CONTRATO...Y AL SEÑOR QUE LE ALQUILE ME HACE SABER QUE A EL TAMBIEN LE HICIERON LO MISMO..ES DECIR QUE MIENTRAS ESTUVO ACONDICIONANDO EL GIMNASIO LE COBRARON EL ALQUILER, COSA QUE NO SE SI ES CIERTA...EN VISTA DE UNA PRONTA RESPUESTA...
ResponderEliminarBuenas tardes, estas condiciones dependerán de los acuerdos a los que hayan llegado las partes, si han acordado que se cobre durante el acondicionamiento no sería ilegal, pero si el contrato no prevé esto, si sería.
EliminarBuenos días doctora. Tengo un local comercial alquilado, el último contrato fue por un año y el nuevo contrato la dueña lo quiere hacer por 6 meses. Es legal que baje de un año a 6 meses o hay una ley que le prohíba hacer ésta desmeora?
ResponderEliminarBuenas tardes amigo, antes de darle una respuesta debo revisar cuales han sido las clausulas que firmaron en el contrato original.
EliminarSI LO HACE POR 6 MESES TIENE 6 MESE DE GRACIA PORQUE CUENTA EL TIEMPO DE ANTIGUEDAD PAGA SEIS MESES PERO SE QUEDA UN ANO 6 meses mas hasta encontral el proximolocal
EliminarSaludos doctora. x cierto, muy linda..!
ResponderEliminarLa pregunta es: Actualmente si voy alquilar una casa y me cobraron 2 meses de deposito mas el de adelanto, es legal? me dicen que ya no se debe cobrar, y si se cobra se toma como meses de adelanto.
¿Qué me dice u orienta?
Buenas Noches Doctora! Tengo un local arrendado en Maracaibo, el tiempo de duracion es por seis (6) meses, la propietaria me notifico que necesitaba su local, situacion en la cual estoy de acuerdo, le dije que me diera tres (3) meses mas para entregarselo para poder recuperar algo con las ventas! El Contrato no menciona la figura ": No Prorrogable, solo dice "Pudiendo ser prorrogable, por una sola vez, mi pregunta es, Tengo derecho a mi Prorroga Legal por Seis (6) meses mas? Disculpe la molestia!
ResponderEliminarSi tiene derecho a la prorroga legal.
Eliminartengo un local comercial donde llevo ya 11 años y desde hace dos años deposito por un juzgado, el local esta en una vivienda que a su ves tiene otro local y 3 anexos donde solo un anexo esta ocupado y ahora deposita por el SUNAVI, toda la vivienda pertenece a una empresa juridica y a su accionista mayoritario lo mataron, recalco que nos hacian contratos de comodante y nos cobraban, al morir el socio principal la socia minoritaria del 20% nos siguio cobrando y nos hacia contrato de comodantes, pero cometió errores al darnos recibo de depósitos donde dice ALQUILER y esta su firma original eso lo hizo varias veces y muchos los hizo a nombre propio y no de la empresa que es la dueña o figura como bien de esta, a su vez no han realizado las declaraciones sucesorales de este y otra cantidaaaa de vienes... a su vez le pague infinidades de veces con cheque a nombre de ella, hasta que que pedi una ficha catastral y la casa sigue a nombre de la empresa y decidi consignar en un juzgado... me quieren sacar pero no me han demandado.. quisiera saber con logica que oportunidades tengo de que no me saquen y mantenerme en le sitio... gracias
ResponderEliminarBuenas tarde Doctora quisera que me ayudara:hace 3 meses alquile un inmueble compuesto por un local comercial, el arrendatario no quiere pagarme ni ha pagado ningun mes, se dijo en contrato de arrendamiento que era pra una Fundacion sin fines de lucro, y establecieron alli una Iglesia Evangelica sobre la cual no cuentan con la documentacion ni los permisos reglamentarios, no quieren entregarme el local, ni pagra y recibido un deposito pero ahora un abogado dice que los estoy robando porque no tenia derecho a pedirles deposito, yo les dije que eso aplicaba solo pra la viviendas y no para locales comerciales, pero el abogado dice que no, y no quieren pagar nada, por favor doctora si me podria contesra a mi correo se lo agradezco eternamente frankecl_4@hotmail.com
ResponderEliminargracias, Dios la bendiga
Buenas tardes, efectivamente la ley comentada en esta publicación solo se aplica al alquiler destinado a vivienda, le recomiendo que contrate con un abogado para proceder con el procedimiento de desalojo por incumplimiento del contrato.
Eliminarbuenas noches doctora no se como hacer con unos inquilinos que aunque ya se les termino el contrato no quieren irse,y no consigo la ley de arrendamientos de locales comerciale
ResponderEliminarBuenas noches la ley aplicables es la siguiente: http://www.tsj.gov.ve/legislacion/lai.htm
Eliminarbuenas noches doctora, tengo un apartamento alquilado hace cinco años, el propietario me ha dicho verbalmente que desocupe el apto, y nyo le pedi que por favor me lo pasara por escrito, el se niega hacerlo, quisiera saber cuales son mis derechos, considerando que el propietario esta rondando dicho inmueble para meter a su hija como medida de secuestro, que hago
ResponderEliminarBuenas noches, si el apartamento esta destinado a vivienda debe primero hacer un procedimiento administrativo y luego judicial para poder proceder con el desalojo.
Eliminarbuenas noches doctora con el debido respecto quiero saber que puedo hacer yo con una italiana que me saco de su casa en maracay yo hace una semana que me? mude ella no quiso que le pagara 9 meces de alquile si no que me fuera segun la administradora que que lleva el alquiler del inmueble yo tenia seis años alla el contracto lo firmo mi suegro y ahora ella quiere que el le pague un daño que tiene el inmueble por filtraciones de lluvia????
EliminarDra espero su repuesta a mi correo gols.bolivariano@gmail.com es el señor. Gonzalez le escribi hoy viernes 27/9/13 hora 8:45pm Dios la bendiga
ResponderEliminarDra . buenas, quería saber si en el contrato de arrendamiento de un local comercial puede ponerse una cláusula que indique la realización de un depósito de tres meses como garantía, ya que me dicen que eso ya se eliminó, pero tengo entendido que eso aplica sólo cuando se trata de alquiler de viviendas, y no de locales comerciales u oficinas, como es mi caso. ¿Cómo es? gracias.
ResponderEliminarbuen dia Dra. si tengo 8 años viviendo en un anexo osea es una vivienda dividida en en tres y las mismas estan alquilada y el dueño nos dice q no nos acepta ya el pago porq nos va a desalojar q puedo hacer yo
ResponderEliminarHola dra, tengo una duda, realice un acuerdo en vía administrativa para entregar en un año el inmueble que ocupo desde hace 40 años, ya se venció el lapso, pero aun no encuentro vivienda para mudarme. El día de hoy me llego una notificación de un tribunal de municipio notificando la reanudación del proceso de desalojo y me advirtieron (verbalmente) que para el viernes me desalojan. Si bien es cierto que se vencio el lapso, el demandante debe hacer una demanda de desalojo o simplemente el tribunal me desaloja sin otro procedimiento?. Gracias
ResponderEliminarmi nombre es daniel berroteren,tengo 12 años alquilado en una casa el dueño me pide desocupación y me interesa saber cuanto es mi prorroga legar para desocupar, y me comunico verbalmente que me subiría el canon de arrendamiento,,quisiera saber s tiene que notificármelo por escrito para darle cumplimiento,muchas gracias por su ayuda
ResponderEliminarBuenas tardes, tengo un local comercial, lo tengo alquilado desde hace un año, ahora lo estoy necesitando para ocuparlo personalmente, no hay contrato, que tiempo le debo dar a la inquilina para desalojar? ella no esta de acuerdo con el desalojo
ResponderEliminarBuenas tardes, mi nombre es Karina Prieto, tengo 13 años viviendo con mi pareja. Mi pareja tiene 21 años viviendo como inquilino. Tenemos una niña de 4 años. El contrato esta a nombre de mi cuñado y el se mudo, dejo viviendo allí a mi pareja, hemos pagado al día siempre. Y el contrato es a tiempo indeterminado. Pero ahora el dueño quiere que el contrato lo hagamos a nombre de mi pareja a tiempo determinado y quiere aumentarnos el alquiler. Y amenazo con desalojarnos si no lo aceptábamos. Nosotros queremos saber que podemos hacer? Si realizamos un contrato a nombre de mi pareja, perdemos antigüedad? Si aceptamos el aumento solo de palabra y no nos da recibo, estamos haciendo algo ilegal? En verdad necesito full su consejo.
ResponderEliminarBuenas Tardes Doctora
ResponderEliminarTengo 3 Años viviendo alquilado en una casa, la dueña realizo el contrato de arrendamiento por un año, pero no la llevo a notaria, ya me esta pidiendo la casa ya que se la va a entregar a sus hijos que no tienen vivienda, tengo 2 niños menores de edad y uno de ellos no llega a los 6 años, no me niego a entregar la vivienda, pero le comento que tengo ya 1 año y medio buscando para darle a mis hijos una mejor zona en que vivir y nada.
Mi pregunta es cuanto es el tiempo de espera que debo solicitarle a la señora para entregarle su vivienda y si en ese tiempo no consigo cual es el tiempo de prorroga.
Gracias por sua atencion
Dra. tengo un local de 200 mts. en alquiler como depósito desde hace 3 años ubicado en Mariche, hasta el momento todo bien, según contrato los aumentos serian de acuerdo al ipc, ahora el propietario me indica por el nuevo decreto de alquiler de noviembre, el canon de arrendamiento es de bsf 250 el metro cuadrado... lo que me representa un aumento del 500% .. o de lo contrario tengo de desocuparle.. Quisiera que informe ya que es un aumento completamente desproporcionado, le dime que esas regulaciones son para evitar que suceda eso, y también en el caso de que me dessaloje que ley me ampara o cual seria el procedimeinto?? agradezco su respuesta.
ResponderEliminarBuenos dias doctora mi saludos d ante mano, mi disyuntiva es la siguiente en mi casa la parte de arriba construimos 9 cuartos para alquiler, mi pregunta es: si puedo cobrar deposito???, si tengo q inscribirme en la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda y si el contrato puede ser de 6 meses?? espero su respuesta doctora gracias.
ResponderEliminarbuenas noches Doctora muchisimos saludos mi consulta es la siguiente mi mama tiene un anexo que hizo en el mismo terreno de su casa y lo alquilo a una pareja en enero de este año cumplieron 2 años viviendo ahi, se les notifico al vencimiento del contrato que no se les iba a renovar el contrato y se le solicito el desalojo porque hacen muchas fiestas con bebidas alcoholicas y ya en varias oportunidades se les habia notificado que eso no estaba permitido porque molestan a los vecinos la chica esta embaraza que procedimiento debemos iniciar ante sunavi para solicitar el desalojo
ResponderEliminarbuenas noches dra. tengo una casa la cual por razones de ley se la alquile a una persona, digo de ley, porque en la ley de arrendamiento dice art. 4, parágrafo único, que hay que pagar impuesto a una casa desocupada,no vivia en ella porque tenia a mi mama enferma en su casa y, me fui atenderla dejando mi casa sola.se la di sin contrato, mientras lo hacia, luego que le llevo el contrato a la señora para que lo firme se nego a firmarlo. ya an pasado casi dos años y nombre a un abogado para recuperar la casa y ha sido dificil, los abogados no hacen nada, la señora no paga tampoco el alquiler, digame que hago, gracias
ResponderEliminarHola, tengo un cubículo de oficina alquilado en la candelaria, quisiera saber cuanto tengo que pagar? El canon de arrendamiento se incrementa cada año según el INPC acumulado y en ese canon se contemplan todos los servicios( recepción, luz, condominio, internet, aire acondicionado, limpieza, mantenimientos de la oficina) pero con la nueva ley no se si se tendrá que pagar lo estipulado de 250 por metro y los servicios aparte. Gracias
ResponderEliminarbuenas tarde dra..hace 4 años estoy alquilado en una casa y un local de la misma dueña...con contrato separado notariado...el año pasado me quiso vender pero no concretamos la venta...cuando renovamos nuevamente mi hizo un contrato por ambas osea local y casa junto...hicimos un contrato por un año renovable por uño mas...ya hace un mes me pidio que desocupara....mi pregunta es ...mi porroga legal cual seria...ya que yo vivo hay con mi hijo y mi esposa ...
ResponderEliminarBuenas tardes Dra. A los 10 meses de vivir alquilada sin contrato, en el apartamento de una Amiga y cancelando puntualmente lo. acordado, me. pide desocupacion porque aumentara a 20 mil y me da de lapso los dos meses q me faltaban para el ano. Le. explique q era una perosna seria y que haria lo posible, siempre q encontrara donde irme. Hace 2 dias se vencieron. los dos meses y le pedi. unos dias mas, quizas una semana y alego q pagara 500 bs por cada dia a partir del 1/6. Dra. desconozco la ley pero me. han informado q legalmente me correspondenria 6 meses de prorroga y q esto de. losl500 no procede. le he diho q no me interesa quedarme, que soy seria y honesta pero np transige. A
ResponderEliminarBuenos días Dra. estoy alquilada desde el 01-03-2012 en un local de 12 x 4 metros aporx.de una vivienda familiar: empece pagando 1.500,00 Bs. hasta el 01-09-2013, luego empece a pargar 2.000,00 Bs. y el 01-07-2013 me comunican que des el 01-01-2015, debo pagar 4.000,00 Bs. mi pregunta es: está bien que me aumenten al doble de lo que estoy pagando. Mucho sabré agradecer su respuesta, que Dios la siga bendiciendo
ResponderEliminarBuenos días Dra. estoy alquilada desde el 01-03-2012 en un local de 12 x 4 metros aporx.de una vivienda familiar: empece pagando 1.500,00 Bs. hasta el 01-09-2013, luego empece a pargar 2.000,00 Bs. y el 01-07-2013 me comunican que des el 01-01-2015, debo pagar 4.000,00 Bs. mi pregunta es: está bien que me aumenten al doble de lo que estoy pagando. Mucho sabré agradecer su respuesta, por mi correso elibeth1953@hotmail.com o por acá, que Dios la siga bendiciendo
ResponderEliminarBuenoas tardes mi planteamiento es el siguiente: Estoy abriendo una bodega en un anexo en mi casa, al solicitar lo que se llama planeamiento urbano me solicitan un contrato de arrendamiento, les mostre mi titulo de propiedad de la vivienda y la repuesta que me siguieron dando fue que yo misma me haga un contrato de arrendamiento y mi registro de comercio es firma personal, es legal hacer esto, espero su repuesta, gracias.....
ResponderEliminarbuenas tarde, tengo una duda cuanto es el porcentaje maximo q pueden aumentar anual al pago de arquiler de un local comercial. es legal q el aumento sea de 67% mas
ResponderEliminarvivo en una urbanización residencial, me dijeron que no es legal alquilar las casas por temporada y quería saber todo referente a esto gracias
ResponderEliminarmi padre fallecico hace ocho años y dejo un local alquilado, desde que murio mi padre le comunique al inquilino que si queria comprar y se nego, le pedi lo desocupara para venderlo y se nego, hoy paga una miseria por tribunal y estando a la esoera de la solvencia sucesoral, aun le estoy pidiendo desalojo y no acepta...quiero ofrecerle una prorroga legal por los cassi 11 años que tiene ocupando el local, es eso posible..cuanto tiempo debo ofrecerle si aplica tal medida o necesariamente debo esperar salga la solvencia sucesoral. somos dos herederos del local, la viuda y mi persona (hijo) y tenemos al menos la declaracion sucesoral en mano. gracias
ResponderEliminarBuenos días Dra. tengo alquilada una casa de 9 x 9 metros aporx. de una vivienda familiar desde el 01-12-2010 con un contrato por un año renovable automaticamete: empezo pagando 1.500,00 Bs. hasta el 01-12-2011, mejor dicho hasta la presente fecha enero 2015. en agosto del 2012, le he pase la notificación manifestando no continuar con el contrato, pero me alega no conseguir casa, luego en el 2013 y 2014 y me sigue con el mismo cuento. es una persona extrangera sin papeles legales, cosa que no sabia antes. de paso me tiene varios meses de atraso; hable con el abogado y me dice que no le puedo aumentar, con la situación que tenemos, pienso que si no me entrega creo que debo solicitarle un aumento de 4.000,00 Bs. mi pregunta es: está bien que le aumente? tal vez asi me entrega la casa. Mucho sabré agradecer su respuesta, que Dios la siga bendiciendo mi correo es cibermarck2013@gmail.com
ResponderEliminarEntiendo su problema pero la solucion no es el aumento al ojo por ciento, porque eso esta regulado, le aconsejo buscar un abogado en inquilinato para que inicie el procedimiento para el desalojo, abog rafael 04244156897
EliminarBuenos días Dra. tengo alquilado un local comercial, tenemos un contrato verbal, la persona tiene cinco (5) meses que no paga, casi nunca hable el negocio, tengo mas de un mes que trato de comunicarme con el y no responde las llamadas, me han manifestado personas cercanas del local que el le debe cosas a sus usuarios y ellos van molestos a reclamar, eso esta pasando hace mucho tiempo, que hago necesito mi local y siento que el me va a meter en un problema, han llegado personas molestas
ResponderEliminarbuenas tardes hace seis años que hice un acuerdo verbal con una tía de una casa el caso es así en la casa donde vivo vivía mi abuela y ella es enferma mental los vecinos la denunciaron tres veces y dijeron que si no la sacaban la iban a mandar para un sanatorio y tomarían la casa como casa comunal mi tía fue a donde yo vivía alquilado y me dijo necesito que te mudes para allá yo te doy esa casa para que la pagues como quiera y como puedas porque a mi no me interesa el dinero si no que te quede esa casa a ti me dijo q me la vendería en 25000 bf yo quise hacer un papel para que quedara lo que se había hablado pero eso nunca se pudo luego nos dijeron que la casa no tenis papeles q estaban en proceso yo di varias cuotas pero ella me dijo que eso era un alquiler y el en el principio no se habia hablado de alquiler si no eso contaria como pago de la casa yo se lo daba en efectivo y no me dio recibos debido a todo esto yo no le cancele mas dinero y le dije busque los papales y así yo le comienzo a pagar yo fui al banco ha solicitar un crédito y el banco como requisito me pidió las copias de los papeles para iniciar el crédito y no me dieron nada lo perdí ahora vinieron a medir la casa para los papeles sin avisar y yo no estaba se metieron por el portón lo saltaron y midieron le dijeron a los vecinos que si nosotros no pagamos pues nos tenemos que ir que puede pasar por favor agradeceré su respuesta
ResponderEliminarbuenas tardes hace seis años que hice un acuerdo verbal con una tía de una casa el caso es así en la casa donde vivo vivía mi abuela y ella es enferma mental los vecinos la denunciaron tres veces y dijeron que si no la sacaban la iban a mandar para un sanatorio y tomarían la casa como casa comunal mi tía fue a donde yo vivía alquilado y me dijo necesito que te mudes para allá yo te doy esa casa para que la pagues como quiera y como puedas porque a mi no me interesa el dinero si no que te quede esa casa a ti me dijo q me la vendería en 25000 bf yo quise hacer un papel para que quedara lo que se había hablado pero eso nunca se pudo luego nos dijeron que la casa no tenis papeles q estaban en proceso yo di varias cuotas pero ella me dijo que eso era un alquiler y el en el principio no se habia hablado de alquiler si no eso contaria como pago de la casa yo se lo daba en efectivo y no me dio recibos debido a todo esto yo no le cancele mas dinero y le dije busque los papales y así yo le comienzo a pagar yo fui al banco ha solicitar un crédito y el banco como requisito me pidió las copias de los papeles para iniciar el crédito y no me dieron nada lo perdí ahora vinieron a medir la casa para los papeles sin avisar y yo no estaba se metieron por el portón lo saltaron y midieron le dijeron a los vecinos que si nosotros no pagamos pues nos tenemos que ir que puede pasar por favor agradeceré su respuesta
ResponderEliminarBuenas tardes doc. No nos hemos inscrito en el sunavi miestras realizo los recaudos que me solicitan realice contratos como se hacen habitualmente anuales si un inquilino se niega a firmar que lo hacemos personal no notariado que debo hacer, yo creo que es el respaldo que habos tenemos en el tema de el deposito en garantia son renovaciones .
ResponderEliminarBuenas tardes doctora . tengo 10 años viviendo en un anexo .una el contrato se me venció no me aceptan el pago . la dueña falleció y el dueño me mando a desocupar verbalmente nada x escrito . cuanto tiempo me corresponde para desocupar . gracias de ante mano lis_Garcés@hotmail.con
ResponderEliminarHola buen dia,necesito que por favor aclare mi duda ! tengo entendido y espero no estar equivocada que el alquiler debe subir anualmente y no mas del 30%,tengo 7 años viviendo alquilada y jamas me han aumentado el alquiler cada 6 meses. ahora bien me mude de ciuadad y tengo apenas 5 meses viviendo alquilada en una habitacion y me han notificado que al cumplir los 6 meses me aumentaran el alquiler de 1500 a 2500bs mi pregunta es esto es legal ? muchas gracias de ante mano .
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EliminarBuenas noches Dra. Actualmente vivo alquilado en una residencia ( Soy Estudiante) el arrendador me comunica que nos va aumentar cada 6 meses la mensualidad.... ahora mis preguntas son : Si es legal, ¿ cuanto es el % que me tiene que aumentar cada 6 meses? Y si también cada que me aumente la mensualidad tengo que agregar más dinero a mi deposito xq según ella mi mensualidad y depósito tienen que estar a la par, o sea banlanceado???
ResponderEliminarbuenos dias necesito un anexo o apartamento alquilado teno dos niños y no me quieren alquilar porque cuales son las nuevas leyes gracias
ResponderEliminarBuenas tardes, tengo un arrendatario que se le vencio el contrato y no vamos a renovar ya que es una persona problemática, no cancela al día, no colabora, pero él esta exigiendo los seis meses de prorroga que estipula la Ley, mi pregunta es la siguiente ¿al canon de arrendamiento se le puede aumentar y que tanto porcentaje? y segunda pregunta ¿que sanción se les puede imputar al arrendatario por no cumplir con la conservación del inmueble?
ResponderEliminarMuchas Gracias
Buenas noches, le arrende a mi hija una habitación desde hace 8 meses por razones de estudio (es una residencia particular), el aire acondicionado dejo de enfriar, al referir la situación al arrendador este envío al tecnico quien lo arreglo por 4.000 bolívares los cuales quiere el propietario que sea yo que los cancele. Será esto correcto ? De ser correcto que artículo de ley me ampara?. Gracias
ResponderEliminarBuenos dias.....quisiera saber si pueden desalojar a mi amiga que se encuentra de viaje por motivos de salud...y que dejo pagado su habitacion hasta diciembre
ResponderEliminarbuenos dias, mi mama tiene mas de 36 años viviendo en un anexo separado en el mismo terreno de la casa de mi abuela, ella ultimamente esta pensando en querer vender la casa, el cual el terreno consta de 2 casas, la de mi abuela y la de mi mama, es legal que pueda desalojar a mi mama despues de vivir mas de 36 años en ese lugar.. no hay una ley que la ampare y le permita quedar con la mitad del terreno por tantos años alli viviendo.. gracias de antemano.. espero prontas respuestas
ResponderEliminarsaludos dra, hace casi 9 años alquile un pequeño galpon de 236 mts 2 que incluye un apartamanto dentro, hace 1 el propietario como estraregia para desocuparme me demando porq supuestamente no pagaba, cuestion que fue comprobada era falso, llegamos a un acuerdo en tribunal de desocupar en 1 año, el propietario va a vender y como yo tengo la prioridad para la compra no me quiere vender, de hecho me entrego por escrito el comunicado, le propuse un avaluo y tampoco quiere, dicho propietario posee varios locales y terrenos, pregunto, lo puedo demandar por no darme la prioridad? y si existe algun ente gubernamental para gestionar? ya que no solo esta en riesgo mi trabajo sino tambien mi hogar, gracias
ResponderEliminarAbogados especialistas en DERECHO INQUILINARIO, brindan asesoría a Arrendatarios (inquilinos), Arrendadores y Administradoras, en todo los referente a Ley de Arrendamientos Inmobiliarios (inquilinato), Procedimiento previo y demandas de desalojo, desalojos de inquilinos, desalojos por falta de pago, desalojos de inmuebles, desalojos judiciales, desalojos forzosos, desalojos de vivienda, acciones de Resolución e incumplimiento de Contratos, Regulaciones de Fijación de Canon de Arrendamiento y Cálculos de Justo Valor del Inmueble, Redacción de Contratos de arrendamiento personalizados para cada caso ajustados a la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. Procedimientos ante la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda (SUNAVI). Escritorio Jurídico Muñoz y Asociados. Contáctanos sin compromiso, a través de la Lic. Thays Muñoz. - Teléfono: 04123097964 - Caracas Distrito Capital.
Eliminarbuenas noches , estoy alquilada en un local comercial hace 9 años hasta el año pasado pagaba 4000 el dueño me esta aumentando a 10000 es legal q me aumente el 150% gracias espero su respuesta
ResponderEliminarBuenos días Dra, tengo 6 meses lquilada en un local comercial en valencia, estoy en una zona residencial. Yo pagaba 12.000bs más IVA y me pasaron el comunicado que ahora deberé pagar 30.000bs mas IVA. Es legal este incremento? gracias de antemano por su resuesta
ResponderEliminardesalojo en diciembre 2015, ella pidio prorroga hasta abril 2016 (en curso), ha sacado parte de sus pertenencia pero aun vive alli, El motivo del desalojo es la necesidad de ocupar dicho anexo de mi persona con mi esposo e hija de 2 años y medio. Mi confusion radica en la ausencia de contrato escrito, se ha venido realizando los pagos de arrendamiento puntualmente y es el unico aval de la inquilina de su ocupacion en anexo (ademas del acuerdo verbal) Como mi madre podria legalmente acelerar el proceso de desalojo? ya que mi esposo y mi nena y yo estamos literalmente arrimados en un cuarto (en la misma casa) pero no es sano para nuestra familia y la convivencia estar de esa forma.
ResponderEliminarDe antemano agradezco la orientacion que pueda darme
Abogados especialistas en DERECHO INQUILINARIO. - Abogados especialistas en desalojos, años de experiencia, brindan asesoría a Arrendatarios (inquilinos), Arrendadores y Administradoras, en todo los referente a Ley de Arrendamientos Inmobiliarios (inquilinato), en asuntos de: Procedimiento previo y demandas de desalojo, desalojos de inquilinos, desalojos por falta de pago, desalojos de inmuebles, desalojos judiciales, desalojos forzosos, desalojos de vivienda, acciones de Resolución e incumplimiento de Contratos, Regulaciones de Fijación de Canon de Arrendamiento y Cálculos de Justo Valor del Inmueble, Redacción de Contratos de arrendamiento personalizados para cada caso ajustados a la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. Procedimientos ante la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda. Escritorio Jurídico Muñoz y Asociados. Contáctanos sin compromiso, a través de la Lic. Thays Muñoz. - Teléfono: 04123097964 - Caracas Distrito Capital.
Eliminar¡¡¡NECESITAS UN PRÉSTAMO!!!
ResponderEliminarHola, Mi nombre es Sr. Henry Clark. Soy un prestamista privado que dan a préstamo a particulares y corporativos. ¿Ha sido rechazado por muchos bancos? ¿Necesita financiación para establecer su negocio? ¿Necesita financiación para la expansión de su negocio? ¿O necesita un préstamo personal? Mi préstamo oscila entre personal a préstamo de negocios. Mi tasa de interés es muy asequible y nuestro proceso de préstamo es muy rápido también. Estoy muy dispuesto a hacer todos sus problemas financieros en una cosa del pasado. Si usted está realmente listo para obtener sus problemas financieros resueltos, entonces no busques más y solicitar un préstamo hoy. Si le interesa llenar el formulario de datos de manera que yo pueda darle mis términos y conditions.Email:henryduke05@gmail.com
Dra vivo en alquiler desde hace 53 años,hace tres meses la administradora por orden del dueño no recibe el pago hasta tanto no hagamos manuscrito obligándonos a cancelar una cuota y que voluntaria para el mantenimiento del Edf,a pesar que le pagamos desde hace años el cincuenta por ciento y más de cualquier reparación que allí se haga.Tenemos preocupación porque a fin de mes se cumplen cuatro meses y no hemos podido cancelar el alquiler.Orientenos por favor.
ResponderEliminarAbogados especialistas en DERECHO INQUILINARIO. - Abogados especialistas en desalojos, años de experiencia, brindan asesoría a Arrendatarios (inquilinos), Arrendadores y Administradoras, en todo los referente a Ley de Arrendamientos Inmobiliarios (inquilinato), en asuntos de: Procedimiento previo y demandas de desalojo, desalojos de inquilinos, desalojos por falta de pago, desalojos de inmuebles, desalojos judiciales, desalojos forzosos, desalojos de vivienda, acciones de Resolución e incumplimiento de Contratos, Regulaciones de Fijación de Canon de Arrendamiento y Cálculos de Justo Valor del Inmueble, Redacción de Contratos de arrendamiento personalizados para cada caso ajustados a la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. Procedimientos ante la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda. Escritorio Jurídico Muñoz y Asociados. Contáctanos sin compromiso, a través de la Lic. Thays Muñoz. - Teléfono: 04123097964 - Caracas Distrito Capital.
EliminarBuen día Dra, tengo alquilado un local originalmente y ha si aparece en el contrato para oficina7depósito. sin embargo, el inquilino lo usó para vivienda. Luego de muchos años , para no entrar en litigios, llegamos a un acuerdo escrito y notariado de entrega material del inmueble en noviembre de este año quedando extinguida la relación arrrendaticia entre ambos; es solo un convenio de entrega con pago de mensualidad a título de compensación mientras busca para donde irse y entregar en noviembre. Se colocó cláusula penal de pago indemnizatorio de 3mil diarios en caso de mora en la entrega. Este convenio hace las veces de título ejecutivo suficiente para desalojo, no existiendo ya relación arrendaticia? Gracias por responder
ResponderEliminarBuen día Dra, tengo alquilado un local originalmente y ha si aparece en el contrato para oficina7depósito. sin embargo, el inquilino lo usó para vivienda. Luego de muchos años , para no entrar en litigios, llegamos a un acuerdo escrito y notariado de entrega material del inmueble en noviembre de este año quedando extinguida la relación arrrendaticia entre ambos; es solo un convenio de entrega con pago de mensualidad a título de compensación mientras busca para donde irse y entregar en noviembre. Se colocó cláusula penal de pago indemnizatorio de 3mil diarios en caso de mora en la entrega. Este convenio hace las veces de título ejecutivo suficiente para desalojo, no existiendo ya relación arrendaticia? Gracias por responder
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ResponderEliminarbuenas tarde me gustaría q me sacaras d dudas. el sr d mi residencia me aumentaba siempre cada 6 meses.a hora lo quiere hacer cada 3 meses q le puedo contestar al sr para basarme en lo legal
ResponderEliminarbuenos dias Dra. tengo una pequeña duda,tengo una empresa legalmente constituida y hace poco alquile un local pequeño, la persona que me arrienda es una persona mayor y esta exonerada de pagar el impuesto sobre inmuebles urbanos,para sacar la conformidad de uso y la licencia uno de los requisitos es el recibo de pago o la solvencia de este impuesto. que debo hacer en este caso?? existe algun documento que pueda presentar por este recibo?? o debo hacer algo mas??
ResponderEliminarBuena noches Dr. ofreci a mis inquilinos ,los locales en venta por ser ellos quienes tienen el derecho, ya que cada uno tiene mas de diez años ahi, y no les veo interes de nada, me imagino que querran usar su prórroga , pero necesito venderles ya y que todo quede en forma amistosa y no me la compliquen, gracias. por donde comienzo a enamorarlos. pues necesito venderles ya y que acepten simplemente mi venta.
ResponderEliminarBuenas tardes tengo una duda, un propietario de hablitaciones estudiantiles puede subir la mensualidad cada vez que le da la gana? ya ven tres aumento en lo que va de año por los aumentos de salarios, de 5 a 7mil, de 7 a 10mil, y el ultimo de 10 a 15mil. ¿QUE OPINA Y EN QUE ME AYUDA?
ResponderEliminarBuenos dias Dra. Quisiera saber en que se basan o q se toma en cuanta a la hora de hacer un contrato de arrendamiento para fijar un monto por ese documento
ResponderEliminarBuenos dias doctora, el contrato de arrendamiento se me vencio hace dos años y no lo hemos renovado, hasta ahora le he pagado el canon sin dificultades bajo acuerdo, pero el mes de octubre me paso el nuevo canon y es muy alto, no he podido pagarlo me he retrasado un mes, queria saber como se hace en este caso que no este de acuerdo con el nuevo canon.
ResponderEliminarBuenos días dra. Mi madre de 75 años de edad tiene alquilada un local comercial desde hace 45 años. El propietario del local murió y los hijos quedaron encargado del mismo. A ese local le hicieron una división hace muchos años. Y la parte que dividieron lo tenía el propietario como deposito. En el momento que murió los hijos quieren alquilar ese espacio. El detalle es que no tiene luz y ellos quieren sacar corriente del local que le alquilaron a mi madre.. mi madre no está de acuerdo. La actual propietaria dijo que iba a buscar un abogado porque estaba cansada de mi madre.. que puedo hacer?
ResponderEliminarBuen dia,agradezco informar si conoce algun especialista en derecho inmobiliario ubicado en Barquisimeto, para solicitar asesoria para alquiler de inmueble con fines de vivienda.Reitero nuestro agradecimiento de antemano a su gentil respuesta.
ResponderEliminarbuenas noches, que es lo primero que debo realizar para un proceso previo a la demanda hay que esperar que el vencimiento del contrato para iniciarlo, que pasa si se vence el contrato no se ha desalojado el inquilino con el canon de arrendamiento, se mantiene igual o se incrementa
ResponderEliminarQuiero cortar una historia de cambio de vida con todos los que se preocupan por leer este testimonio. Las tarjetas en blanco del atm son reales y son eficaces por todo el mundo. Mi nombre es [ALICIA JULIO] vivo en ESPAÑA. Recibí esta carta de [MR OSCAR] hace un mes. Esta tarjeta realmente me ha ayudado a pagar mis débitos y ahora estoy libre de todos los problemas financieros. Yo no esto es difícil de creer, pero nunca nuevo no había este tipo de tarjeta hasta que tengo uno. Esta tarjeta de retirar más de € 6000 al día y es muy fácil de usar. Pero usted tiene que ser muy cuidadoso en otro para no ser cogido por la policía porque es ilegal. Si desea más información sobre esta tarjeta y cómo obtener una sólo contacto con los hackers por esta dirección (oscarwhitehackersworld@gmail.com)
ResponderEliminarBuenas tardes Doctora mi caso es el siguiente en el 2012 pague la inicial de una casa que costaba 450.000 . Le pague al Sr 200.000 y el resto lo hacia por un credito hipotecario. El sr como no vivia en el estado , apenas le di el dinero el señor me entrego la casa. Hicimos todo por el banco pero el sr tenia la deuda pendiente con un credito por politica habitacional eso hizo que cuando el banco me aprobo mi credito en 3 mesese fue devuelto por que el Banavit tenia que aprobar la venta. Paso todo esto y el señor aparece en el 2015 y me dice que me tengo que salir de la casa. No tengo ningun contrato de Arredandamiento ya que como estaba tramitando el credito hipotecario. El Señor pago la casa cuando se pide el gravamen todavia aparece que el señor debe la casa. Que puedo hacer al respecto. Ya me ampare pero todavia no me han dado respuesta y ya van hacer 2 años de eso por favor necesito su consejo. Mi correo es yhovinsa@gmail.com
ResponderEliminarBUENAS TARDES , TENGO UNA CASA LA CUAL YA PASO POR SUNAVI LE DIERON DOS AÑOS A LA ALQUILINA PARA ENTREGAR LA CASA NADA LUEGO ESPERE 90 DIAS Y NADA INTRODUCCI LOS PAPELES A LOS TRIBUNALES DONDE LE DIERON 4 MESES DE LOS CUALES TIENE 4 MESES ADICIONALES Y DEBE 3 MESE DE ALQUILER Y SERVCIOS PUBLICO QUE HAGO NO SE QUE HACER LA JUEZ NO ME DA NINGUNA AYUDA NO HACE NADA
ResponderEliminarBuenas tardes, mi padre tiene un apartamento los cuales los inquilinos no pagan, ya se realizo proceso administrativo y debemos acudir a tribunales, la situacion es que necesitamos hipotecar o pedir prestamo sobre ese inmueble, mi padre no puede solicitarlo por su edad. podria poner inmueble a mi nombre y yo solicitar credito
ResponderEliminarbuenas tardes dra tengo un inconveniente con una pareja con dos niños que no me quieren desalojar el inmueble aunque se le paso una carta de desalojo por escrito hace 6 años y que ellos firmaron ,a ellos se les hizo un solo contrato notariado y por 6 mese y no se le renovo mas sino que se le paso la carta de desalojo,ellos la firmaron y han pasado 6 años y todavia no quieren irse alegando que no se van porque tienen dos niños pequeños y no consigue alquiler. mi pregunta es la siguiente es cierto que no puedo mandarlos a desalojar porque tienen dos niños menores de edad? que me aconseja dra por favor
ResponderEliminarbuenas tardes dra tengo un inconveniente con una pareja con dos niños que no me quieren desalojar el inmueble aunque se le paso una carta de desalojo por escrito hace 6 años y que ellos firmaron ,a ellos se les hizo un solo contrato notariado por 6 mese y no se le renovo mas el contrato sino que se le paso la carta de desalojo,ellos la firmaron y han pasado 6 años y todavia no quieren irse alegando que no se van porque tienen dos niños pequeños y no consigue alquiler. mi pregunta es la siguiente es cierto que no puedo mandarlos a desalojar porque tienen dos niños menores de edad? que me aconseja dra por favo
ResponderEliminarbuenas tardes Dra mi caso fue que me divorcie en el 2012 y en la separacion de cuerpos y bienes habian dos bienes y en los acuerdos a cada quien nos correspondian uno a cada uno el bien de ella estaba aquilado para la fecha y en dicho acuerdo decia que ella me entregaba la casa que me correspondia segun los acuerdos cuando los inquilinos le desocuparan el bien de ella en el año 2016 le desalojan su casa y ella la vendio ahora se niega rotundamente entregarme la mia porque no tiene donde vivir cual seria el procedimiento que yo tengo que realizar y si es posible yo recuperar mr casa que aun cancelo al banco gracias
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